lunes, 27 de julio de 2009

LA DENUNCIA EN LAS COMISARÍAS MUCHAS VECES NO ES EFECTIVA.

La gran mayoría de las personas considera que la denuncia realizada en las comisarías inician los mecanismos necesarios para llevar al imputado ante la justicia. La verdad de los hechos revelan que en la mayoría de los casos no es efectivo, y muchas veces las causas se archivan sin posibilidad que el damnificado pueda ejercer un adecuado control de la causa.-

¿Cómo se puede realizar una denuncia para que la víctima ejerza sus derechos?

Se debe realizar ante la Cámara correspondiente.-
Si bien para ser denunciante no es necesario contar con abogado, es conveniente tener un asesoramiento jurídico para poder pedir las medidas que sean adecuadas al caso (prohibiciones de acercamiento, guardia policial, cese de conductas delictivas, etc).-
Incluso, siendo denunciante y contando con asistencia jurídica, podrá enterarse del estado de la causa y de toda medida que involucre la participación del denunciante.-

¿Es conveniente ser querellante?

En la mayoría de los delitos es conveniente ser querellante. Para ello debe consultar con su abogado de confianza (en nuestro estudio la consulta es gratuita), ya que debe contar si o si con abogado para constituirse como querellante.-
Ser querellante le da la posibilidad de recurrir las decisiones que se tomen en la causa, ofrecer prueba, y realizar todos los actos de impulso de la causa como si fuera usted el Fiscal de la causa.-
Muchas veces, además de ser querellante, puede unir fuerzas con la Fiscalía para llevar adelante la acusación penal, sabiendo a ciencia cierta que no está el damnificado solo frente al imputado.-

ES MEJOR UN ABOGADO PARTICULAR.

Cuando un imputado de un delito no nombra a un abogado de confianza, el Estado le asigna un Defensor Oficial.-
El Defensor Oficial tiene cientos y miles de causas tan o más graves que la del imputado en cuestión, por lo que no puede planear y meditar una estrategia tan eficaz como un abogado particular y, además, no está presente al momento de realizarse la declaración indagatoria, por lo que deja al imputado a la buena de Dios ante cualquier coerción o nulidad que pueda producirse al momento de declarar.-